Colegios profesionales contra la corrupción

Los colegios profesionales son instituciones de derecho público, y amparados por el Estado. Sin embargo, de manera injusta e irresponsable se pide que las colegiaturas no sean obligatorias y que la participación de estos quede excluida del nuevo Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

Un colegio profesional tiene tres grandes bloques que les asigna su ley de creación y son de vital importancia:

  • La primera se refiere a la obligación de mantener a sus colegiados en permanente actualización académica, científica y tecnológica.
  • La segunda está vinculada a la responsabilidad de orientar hacia la ética y la moral, la actividad profesional de sus colegiados, haciendo que cumplan con el Código de Ética y Deontología que cada colegio tiene que respetar, y enfrentar sanciones en caso de incumplimiento o violación del mismo.

Estas dos funciones son la garantía que la sociedad y los pueblos tienen para sentirse seguros de que los profesionales están actualizados y son competentes en el ejercicio de su actividad profesional, pero lo más importante, tienen la certeza de que sus profesionales son paradigmas de moral y ética en el ejercicio de su profesión.

  • La tercera y no menos importante función, es procurar y fomentar el bienestar de sus colegiados, incluyendo a sus familias.

Los colegios deben cumplir su rol y actuar según las funciones consignadas en su ley de creación, si esto se cumple, se tendrá un millón y medio de profesionales en todo el Perú, al servicio de la política estatal contra la corrupción. Debemos fortalecer los colegios profesionales y obviamente seguir dentro de la nueva estructura del Consejo Nacional de la Magistratura, como representantes de la sociedad civil.